InicioNuestro EquipoContacto

"Conciliación contable fiscal"

Publicado en Contabilidad
11 de marzo de 2020
2 min de lectura
"Conciliación contable fiscal"

La conciliación contable-fiscal no es solamente un requisito más a llenar en la declaración anual de las personas morales, sino que es una herramienta tanto para determinar como para comprobar el resultado fiscal, partiendo del resultado contable y adicionándole y restándole una serie de conceptos que se explican a continuación.

La conciliación se elabora partiendo de la utilidad o pérdida contable, quitándole el efecto de las partidas que son propias de la contabilidad (v.g. depreciación contable, gastos no deducibles, etc.) y agregándole el efecto de las partidas fiscales (v.g. deducción de inversiones, ajuste inflacionario, etc.), con la finalidad de determinar la utilidad o pérdida fiscal.

En el formato de la declaración anual de personas morales se incluye un modelo de conciliación contable-fiscal, el cual debe ser llenado como parte del procedimiento para determinar el resultado fiscal del contribuyente.

A continuación se muestra un comparativo entre las cuentas que se consideran ingresos para efectos fiscales e ingresos para efectos contables:

Ingresos contables no fiscalesIngresos fiscales no contables
Intereses moratorios devengados a favor cobrados o noAjuste anual por inflación acumulable
Anticipo de clientes de ejercicios anterioresAnticipo de clientes
Saldos a favor de impuestos y su actualizaciónIntereses moratorios efectivamente cobrados
Utilidad contable en enajenación de activo fijoGanancia en la enajenación de acciones o por rembolso de capital
Utilidad contable en enajenación de accionesGanancia en la enajenación de terrenos y activo fijo
Utilidad en participación subsidiariaInventario acumulable del ejercicio
Otros ingresos contables no fiscalesOtros ingresos fiscales no contables

En el caso de las deducciones, serán las siguientes:

Deducciones contables no fiscalesDeducciones fiscales no contables
Costo de ventas contableAjuste anual por inflación deducible
Depreciación y amortización contableAdquisiciones netas de mercancías, materias primas, productos semi-terminados o terminados
Gastos que no reúnen requisitos fiscalesCosto de lo vendido fiscal
ISR, IETU, IMPAC y PTUMano de obra directa
Pérdida contable en la enajenación de accionesMaquilas
Pérdida contable en enajenación de activo fijoGastos indirectos de fabricación
Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios pagados o noDeducción de inversiones
Salarios exentos en la proporción de 47% o 53%, según correspondaEstímulo fiscal por deducción inmediata de inversionesOtras deducciones contables no fiscales
Otras deducciones contables no fiscalesEstímulo fiscal de las personas con discapacidad y/o adultos mayores
Pérdida fiscal en enajenación de acciones
Pérdida fiscal en enajenación de terrenos y activo fijo
Intereses moratorios efectivamente pagados
Otras deducciones fiscales no contables

Es conveniente determinar el saldo de estas partidas antes de iniciar el llenado de la declaración anual, con la finalidad de agilizar su elaboración, siempre considerando que la persona moral de que se trate no necesariamente tendrá todas las cuentas que anteriormente se señalan, pues dependiendo de las operaciones de cada persona, será el tipo de partidas que puedan llegar a tener.

La lógica matemática de la realización de conciliación contable-fiscal es la siguiente:

   Utilidad o (pérdida) neta contable+ Ingresos fiscales no contables+ Deducciones contables no fiscales– Deducciones fiscales no contables– Ingresos contables no fiscales= Utilidad o pérdida fiscal antes de PTU

Lo anterior es: a la utilidad o pérdida neta se le sumaran el total de los ingresos fiscales no contables más el total de las deducciones contables no fiscales, después se le restaran el total de las deducciones fiscales no contables y el total de los ingresos contables no fiscales.

Como se puede observar, la utilidad contable y la fiscal son generalmente diferentes, debido al efecto que las diferentes partidas pueden tener contable o fiscalmente.

Ingresos contables no fiscales e Ingresos Fiscales no contables

Existen algunas diferencias entre los ingresos contables y los fiscales, como puede ser el momento de realización, la acumulación, su exención, o simplemente su caracterización; es decir, un concepto que fiscalmente se considera ingreso, puede no serlo para fines contables.

Deducciones contables no fiscales  y deducciones fiscales no contables

En el caso de las deducciones estas no siempre coinciden las contables con las fiscales. Las partidas contables que se consideran deducción son generalmente la mayor parte de los gastos que tiene la empresa, mientras que para efectos fiscales, para que una partida se deducible debe ser de las consideras en el Artículo 25 de LISR, así como reunir los requisitos de deducción que señalen las disposiciones fiscales.

}Otra diferencia entre las deducciones contables y fiscales puede ser la actualización inflacionaria, o el monto de las depreciaciones, pues no siempre se utilizan los mismos métodos de depreciación para fines contables que para fines fiscales.

Es necesario identificar los conceptos involucrados en la realización de la conciliación contable-fiscal, y comprender el efecto que cada partida tiene, de forma que esta herramienta permita determinar con precisión el resultado fiscal de la empresa, y llenar si contratiempos el formato de la declaración anual.


Tags

#blog#contabilidad#empresas

Compartir

Artículo Anterior
"Nueva versión CONTPAQi® Nóminas 12.4.1"

Artículos Relacionados

"Optimiza tu negocio con CONTPAQi Comercial"
10 de junio de 2024
4 min

Enlaces Rápidos

Anúnciate con nosotrosAcerca de NosotrosContáctanos

Social Media